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Articulo 115 Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia

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Artículo 115. Derechos de las personas menores de edad internadas en centros.

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1. Las personas menores de edad internadas en centros tendrán los derechos recogidos en el artículo 56 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, y gozarán de plenos derechos de ciudadanía, salvo las limitaciones derivadas de la medida dictada y del sometimiento al régimen interno del centro de cumplimiento.

2. Las personas menores de edad internadas en centros contarán con un profesional de referencia en el propio centro, además del Técnico o la Técnica de referencia del Equipo de Intervención en la delegación provincial correspondiente, que promueve la continuidad de actuaciones entre el internamiento y las posteriores medidas en medio abierto.

3. En base al artículo 58.1 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, las personas internadas recibirán, a su ingreso en el centro, información escrita sobre sus derechos y obligaciones, el régimen de internamiento en el que se encuentran, las cuestiones de organización general, las normas de funcionamiento del centro, las normas disciplinarias y los medios para formular peticiones, quejas o recursos. La información se les facilitará en un idioma que entiendan. A los que tengan cualquier género de dificultad para comprender el contenido de esta información se les explicará por otro medio adecuado

4. En las actuaciones policiales de vigilancia, custodia y traslado se atenderá a lo recogido en la disposición adicional única del Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio. Las salidas bajo custodia que hayan de realizarse por razones justificadas, habrá de respetarse la dignidad, la seguridad, la privacidad y los derechos de las personas.

5. Cuando por la edad de la persona menor de edad u otras circunstancias se estime aconsejable, que en los traslados esté acompañado o acompañada por personal educativo del centro de cumplimiento, se realizarán en todos los casos en vehículos sin rótulos o anagramas que permitan identificar que la persona menor de edad se encuentra en un centro de internamiento.