Articulo 115 Administración digital

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Artículo 115. Canales para la innovación digital.

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1. La Xunta de Galicia creará un foro de innovación digital en el funcionamiento de la Administración pública gallega, en el que podrá participar el personal empleado público de las administraciones públicas de Galicia. La finalidad del foro será promover la generación de ideas y la creatividad en la búsqueda de nuevas soluciones o formas de trabajo aprovechando la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación.

2. La publicación de las experiencias de innovación surgidas permitirá intercambiar buenas prácticas entre distintas administraciones públicas y, por tanto, introducir ciclos de mejora continua en el sector público autonómico.

3. La Xunta de Galicia promoverá la creación de canales y mecanismos de participación al objeto de recoger ideas y sugerencias ciudadanas en el ámbito de la innovación social.

4. La Administración general y las entidades públicas instrumentales del sector público autonómico utilizarán la puesta en marcha de sistemas y servicios digitales y el conocimiento del funcionamiento de la administración pública por parte de su personal empleado público para mejorar los procesos en la gestión pública y la innovación continua en la forma de prestar servicios y en el funcionamiento interno.

5. Reglamentariamente se establecerán los mecanismos concretos para el fomento de la innovación digital y la creación y funcionamiento del foro previsto en este artículo, así como los cauces que se habilitarán para la aplicación práctica de ideas innovadoras que surjan en la materia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-07-2019 en vigor desde 15-08-2019