Artículo 114 TR. de la Ley de finanzas públicas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 114. Proceso de revisión del gasto.
Vigente
1. La revisión de las políticas de gasto tiene por objeto detectar ganancias de eficiencia y eficacia en la gestión de los recursos públicos para maximizar el impacto social del gasto público.
2. El departamento competente en materia de economía y finanzas debe realizar este proceso de revisión del gasto, en colaboración con el resto de departamentos y entidades del sector público de la Generalidad.
Modificaciones
- Modificación realizada (114 (se añade)) por LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
(DOGC de 30-04-2020) en vigor desde 01-05-2020 - Texto Original. Publicado el 31-12-2002 en vigor desde 01-05-2020