Articulo 114 Medidas Fisc...eneralitat

Articulo 114 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2013 de la Generalitat

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 114

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Se modifica la disposición adicional quinta de la Ley 14/2003, de 10 de abril, de Patrimonio de la Generalitat Valenciana, que queda redactado como sigue:

«Quinta. Montes, terrenos forestales y vías pecuarias

La conselleria competente en la administración y gestión de montes, terrenos forestales y vías pecuarias, ejercitará las facultades atribuidas en esta ley a la conselleria competente en materia de patrimonio en relación con las vías pecuarias y montes de la Generalitat catalogados, ajustándose a lo prevenido en la legislación especial y supletoriamente en esta ley, comunicando a la conselleria competente en materia de patrimonio las actuaciones realizadas para su constancia en el inventario e inscripción en el Registro de la Propiedad.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 01-01-2014