Articulo 114 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2011 de la Generalitat
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 114. Del procedimiento de autorización y de funcionamiento de las unidades farmacéuticas de adaptación de dosis (UFAD).
Vigente
El plazo para la resolución de los procedimientos de autorización y de funcionamiento de las unidades farmacéuticas de adaptación de dosis (UFAD) es de seis meses, contados a partir de la fecha de entrada de la solicitud en la conselleria competente en materia de sanidad. Transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-12-2011 en vigor desde 01-01-2012