Articulo 114 Cooperativas de Madrid

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Artículo 114. Cooperativas de consumidores de energía y/o combustibles

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Asocian a personas físicas o jurídicas con el objetivo de gestionar el consumo de energía y/o combustibles mediante la promoción y explotación conjunta de las instalaciones necesarias, con el objetivo de racionalizar el consumo energético y el gasto asociado al mismo."

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  • Texto Original. Publicado el 28-02-2023 en vigor desde 28-04-2023