Articulo 114 Aguas
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»Artículo 114. Infracción tributaria por repercutir incorrectamente el canon DMA sin perjuicio económico para la hacienda pública.
Vigente
1. Constituye infracción tributaria leve repercutir incorrectamente el canon DMA en las facturas que emita la entidad suministradora para documentar la contraprestación de sus servicios cuando de esta repercusión incorrecta no se produjese o no pudiera producirse perjuicio económico para la Hacienda pública.
2. La sanción consistirá en una multa pecuniaria de 1.000 euros.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-02-2022 en vigor desde 20-03-2022