Articulo 113 Reglamento d..., Forestal

Articulo 113 Reglamento de la Ley 3/1993, Forestal

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Artículo ciento trece

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La aprobación de los expedientes de deslindes y amojonamientos de los montes gestionados por la administración forestal corresponde a la Conselleria de Medio Ambiente.

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  • Texto Original. Publicado el 01-06-1995 en vigor desde 02-06-1995