Articulo 113 Reglamento G...ey de Caza

Articulo 113 Reglamento General de aplicación de la Ley de Caza

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Artículo 113. Objeto y finalidad.

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1. Los Planes zoosanitarios tendrán como finalidad la prevención, vigilancia o control de enfermedades en terrenos cinegéticos en unos índices que pudieran afectar a la fauna silvestre, al ganado doméstico o a las personas, por sobrecarga poblacional de especies de caza mayor o gestión inadecuada a la planificación del aprovechamiento cinegético.

2. Los planes zoosanitarios cinegéticos deben presentarse junto a los planes de ordenación cinegética, de forma que la gestión de las especies cinegéticas tenga, entre otras, la finalidad de conseguir lo estipulado en los Planes zoosanitarios. Estos planes deben estar suscrito por veterinarios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 02-03-2022 en vigor desde 03-03-2022