Articulo 113 Gestión Integrada de la Calidad Ambiental
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»Artículo 113. Tipología.
Vigente
Los controles voluntarios podrán llevarse a cabo a través de la adhesión a cualquiera de los siguientes instrumentos:
Sistemas de gestión medioambiental previstos en la normativa vigente sobre organizaciones que se adhieran, con carácter voluntario, a un sistema de gestión y auditoria medioambientales.
Sistema de gestión medioambiental regulado por normas técnicas internacionales ISO o UNE.
Etiquetado ecológico.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-07-2007 en vigor desde 20-01-2008