Articulo 112 Suelo de Madrid
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»Artículo 112. Atribución de la ejecución conjuntamente a dos o más promotores de iniciativas o alternativas.
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernizacion del Gobierno y la Administracion de la Comunidad de Madrid.
(BOCM de 30-07-2007) en vigor desde 31-07-2007