Articulo 112 Simplificación administrativa de la Generalitat
Artículo 112. Modificación del Decreto 272/2019, de 27 de diciembre, del Consell, de aprobación del Estatuto de la Agencia Valenciana de Seguridad Ferroviaria
El Decreto 272/2019, de 27 de diciembre, del Consell, de aprobación del Estatuto de la Agencia Valenciana de Seguridad Ferroviaria, queda modificado como sigue:
Uno. Se modifica la letra k) del apartado 4 del artículo 11, que queda redactada de la siguiente manera:
"Artículo 11. La Dirección General
[…]
4. Corresponden a la Dirección General las siguientes funciones:
[…]
k) Celebrar los contratos de la agencia de cuantía inferior a 1.000.000 de euros, conforme a la legislación vigente en materia de contratos del sector público, y la elaboración de propuestas de contratación de contratos de cuantía superior, para su celebración por el Consejo Rector.»
Dos. Se modifican los apartados 3 y 4 del artículo 16, que quedan redactados de la siguiente manera:
"Artículo 16. Resoluciones y actos administrativos y régimen de impugnación
[…]
3. Los actos y resoluciones dictados por el Consejo Rector o la Presidencia pondrán fin a la vía administrativa y frente a ellos podrá interponerse un recurso potestativo de reposición, o impugnarse directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa, de acuerdo con lo previsto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio del régimen de reclamaciones que la normativa reguladora de los diferentes procedimientos pueda establecer.
4. Frente a los actos y resoluciones de la Dirección General podrá interponerse un recurso de alzada, que deberá ser resuelto por la Presidencia.»