Articulo 112 Reglamento d...al General

Articulo 112 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General

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Artículo 112. Presentación de las conclusiones del Abogado General

Vigente

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1. Cuando en un asunto se haya designado Abogado General y este presente sus conclusiones por escrito, las entregará a la Secretaría, la cual dará traslado de las mismas a las partes.

2. El Presidente pronunciará la declaración de terminación de la fase oral del procedimiento después de que el Abogado General haya presentado, oralmente o por escrito, sus conclusiones.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 23-04-2015 en vigor desde 01-07-2015