Articulo 112 Gestión Inte... Ambiental

Articulo 112 Gestión Integrada de la Calidad Ambiental

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Artículo 112. Publicidad.

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La Consejería competente en materia de medio ambiente creará un registro público de acuerdos voluntarios donde cualquier interesado pueda conocer el contenido de los suscritos.

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  • Texto Original. Publicado el 20-07-2007 en vigor desde 20-01-2008