Articulo 112 Educación de La Mancha

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Artículo 112. Naturaleza.

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El equipo directivo es el órgano ejecutivo de gobierno de los centros públicos y estará integrado por la persona titular de la dirección, las personas responsables de la jefatura de estudios y de la secretaría, y cuantas otras personas determine la Consejería competente en materia de educación a tenor de las características específicas de los centros, de acuerdo con lo establecido en el artículo 131 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-07-2010 en vigor desde 17-08-2010