Articulo 112 Educación de Andalucía

Articulo 112 Educación de Andalucía

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 112. Innovación e investigación.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La Administración de la Junta de Andalucía estimulará la realización de investigaciones y la difusión de prácticas innovadoras en el campo de la educación y formación permanente de personas adultas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-12-2007 en vigor desde 25-01-2008