Articulo 111 TR. de la Ley de Tasas y Precios Públicos
Artículo 111. Cuota.
La tasa se exigirá según la siguiente tarifa:
| Euros |
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1. Autorización o recepción de la declaración responsable e inscripción de empresas de seguridad . | 346,99 |
2. Modificación en el asiento de inscripción del domicilio social, de la forma jurídica, ámbito territorial de actuación y ampliación de actividades, incluidos desplazamiento e informe por personal de la Administración . . | 243,78 |
3. Modificación en el asiento de inscripción del capital social, titularidad de acciones o participaciones, modificaciones estatutarias, variaciones de la composición personal de sus órganos de administración y dirección y en la uniformidad del personal de seguridad . | 104,99 |
4. Autorización de apertura de delegaciones de empresas de seguridad . | 131,69 |
5. Recepción de la declaración responsable e inscripción de despachos de detectives y autorización de sucursales | 317,32 |
6. Recepción de la declaración responsable e inscripción de los centros de formación y actualización del personal de seguridad privada | 317,32 |
7. Autorización de la prestación de servicios de escoltas privados | 195,75 |
8. Autorización de la prestación de servicios de vigilancia con armas por los vigilantes de seguridad y por los guardas rurales | 195,75 |
9. Autorización de la prestación de servicios de seguridad en polígonos industriales o urbanizaciones, complejos o parques comerciales y de ocio, acontecimientos culturales, deportivos o cualquier otro evento de relevancia social que se desarrolle en vías o espacios públicos o de uso común, y en recintos y espacios abiertos delimitados | 195,75 |
10. Autorización de la implantación de un servicio sustitutivo de vigilantes de seguridad | 195,75 |
11. Autorización para la prestación de servicios de custodia de llaves de vehículos | 195,75 |
12. Autorizaciones de apertura o comunicación de reformas sujetas a comprobación de establecimientos e instalaciones obligados a disponer de medidas de seguridad, dispensa de medidas de seguridad y, en general, cualquier autorización o comprobación que implique desplazamiento o informe del personal de la Administración | 195,75 |
13. Expedición de certificaciones | 21,37 |
14. Compulsa de documentos y diligenciado de libros | 4,00. |
- Artículo modificado por LEY 5/2014, de 23 de diciembre, por la que se aprueban losPresupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadipara el ejercicio 2015.
(BOPV de 30-12-2014) en vigor desde 01-01-2015