Articulo 111 Reglamento d...al General

Articulo 111 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General

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Artículo 111. Declaración de terminación de la fase oral del procedimiento

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Cuando en un asunto no se haya designado Abogado General, el Presidente declarará terminada la fase oral una vez celebrada la vista.

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  • Texto Original. Publicado el 23-04-2015 en vigor desde 01-07-2015