Articulo 111 Contratos Públicos

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Artículo 111. Procedimiento de revisión.

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1. Las fórmulas de revisión servirán para calcular, mediante la aplicación de índices de precios, los coeficientes de revisión en cada fecha respecto a la fecha de referencia señalada en el artículo anterior, aplicándose sus resultados a los importes de las prestaciones realizadas.

2. Cuando se utilicen fórmulas de revisión de precios en los contratos de obras y de suministros de fabricación se procederá a la revisión mediante la aplicación del coeficiente resultante de aquellas sobre el precio liquidado en la prestación realizada.

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