Articulo 1106 Medidas tri...008 Aragón

Articulo 1106 Medidas tributarias 2008 Aragón

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Artículo 110-6.-Deducción de la cuota íntegra autonómica del impuesto por adquisición de vivienda habitual por víctimas del terrorismo.

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1. Los contribuyentes que tengan la condición de víctimas del terrorismo o, en su defecto y por este orden, su cónyuge o pareja de hecho o los hijos que vinieran conviviendo con los mismos podrán deducirse el 3 por 100 de las cantidadessatisfechas durante el período impositivo por la adquisición de una vivienda nueva situada en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que esté acogida a alguna modalidad de protección pública de la vivienda y que constituya o vayaa constituir la primera residencia habitual del contribuyente.

2. La base máxima de esta deducción y las cantidades que la integran serán las establecidas para la deducción por inversión en vivienda habitual en la normativa estatal reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.