Artículo 110 TR. de la Ley de finanzas públicas
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»Artículo 110. Ámbito de aplicación de la evaluación de políticas públicas.
Vigente
Quedan sometidas a las disposiciones del presente capítulo las actuaciones de la Administración de la Generalidad de Cataluña y de las entidades de su sector público.
Modificaciones
- Modificación realizada (110 (se añade)) por LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.
(DOGC de 30-04-2020) en vigor desde 01-05-2020 - Texto Original. Publicado el 31-12-2002 en vigor desde 01-05-2020