Articulo 11 TR disposiciones legales en materia de igualdad
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 11. Definición del uso no sexista del lenguaje
Vigente
El uso no sexista del lenguaje consiste en la utilización de expresiones lingüísticamente correctas substitutivas de otras, correctas o no, que invisibilizan el femenino o lo sitúan en un plano secundario respecto al masculino.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-02-2016 en vigor desde 18-02-2016