Articulo 11 Test de proporcionalidad antes de adoptar nuevas regulaciones de profesiones
Artículo 11. Transparencia
1. Las razones para considerar que las disposiciones, evaluadas de conformidad con la presente Directiva, están justificadas y son proporcionadas, que se han de comunicar, junto con las disposiciones, a la Comisión con arreglo al artículo 59, apartado 5, de la Directiva 2005/36/CE, serán registradas por los Estados miembros en la base de datos de profesiones reguladas mencionada en el artículo 59, apartado 1, de la Directiva 2005/36/CE, y la Comisión las pondrá a disposición del público.
2. Los Estados miembros y otros interesados podrán presentar observaciones a la Comisión o al Estado miembro que haya comunicado las disposiciones y las razones para considerar que están justificadas y son proporcionadas. La Comisión tendrá debidamente en cuenta esas observaciones en su informe resumido, elaborado de conformidad con el artículo 59, apartado 8, de la Directiva 2005/36/CE.