Articulo 11 ter Organización y atribución de funciones a la inspección de tributos en el ámbito de la competencia del Dpto. de Inspección Financiera y Tributaria
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»Once ter. Disposición adicional cuarta.
Vigente
Los Delegados Especiales de la Agencia Tributaria serán los competentes para resolver los recursos de alzada contra los acuerdos de resolución de los procedimientos sancionadores derivados del incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo.
Modificaciones
- Modificación realizada por Resolución de 27 de noviembre de 2012, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 24 de marzo de 1992, sobre organización y atribución de funciones a la Inspección de los Tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.
(BOE de 30-11-2012) en vigor desde 01-12-2012 - Texto Original. Publicado el 30-03-1992 en vigor desde 01-12-2012