Articulo 11 Saneamiento de Aguas Residuales
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»Artículo 11. Conflictos.
Vigente
En el supuesto de conflicto entre las disposiciones del Plan Director o de un Plan Zonal de los previstos en esta Ley, y un instrumento de planeamiento territorial o urbanístico, se seguirán los criterios previstos en la Ley de Ordenación del Territorio de la Comunidad Valenciana para su resolución.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-04-1992 en vigor desde 09-04-1992