Articulo 11 Reglamento del IRPF de Navarra
Artículo 11. Aplicación de las reducciones del 40, 50 y 70 por 100 a determinados rendimientos del trabajo.
1. Las reducciones previstas en el artículo 17.2, letras b), c) y d), de la Ley Foral del Impuesto resultarán aplicables a las prestaciones en forma de capital consistentes en una percepción de pago único.
En el caso de prestaciones mixtas, que combinen rentas de cualquier tipo con un único cobro en forma de capital, las reducciones referidas sólo resultarán aplicables al cobro efectuado en forma de capital. En particular, cuando una vez comenzado el cobro de las prestaciones en forma de renta se recupere la renta anticipadamente, el rendimiento obtenido será objeto de reducción por aplicación del porcentaje que hubiera correspondido en el momento de la constitución de la renta, en el supuesto de haber percibido la prestación en forma de capital.
2. A las prestaciones por fallecimiento contempladas en el artículo 14.2.a).1.ª y 2.ª de la Ley Foral del Impuesto les será de aplicación, en todo caso, la reducción del 40 por 100.
3. El porcentaje de reducción del 50 por 100 resultará aplicable a prestaciones de seguros de dependencia y prestaciones por incapacidad permanente parcial, total y absoluta, así como por gran invalidez, en los supuestos contemplados en el artículo 14.2.a) de la Ley Foral del Impuesto.
- Modificación realizada (11 (se modifican apdos. 2 y 3)) por DECRETO FORAL 79/2018, de 3 de octubre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo.
(BON de 11-10-2018) en vigor desde 12-10-2018 - Modificación realizada (11 (r?ºbrica)) por DECRETO FORAL 42/2015, de 1 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo.
(BON de 31-07-2015) en vigor desde 01-08-2015 - Artículo modificado por DECRETO FORAL 635/1999, de 30 de diciembre, por el que se modificanparcialmente los Reglamentos del Impuesto sobre la Renta de lasPersonas Fisicas y del Impuesto sobre Sociedades.
(BON de 31-12-1999) en vigor desde 01-01-2000