Articulo 11 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-
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Articulo 11 Reglamento de festejos taurinos tradicionales -bous al carrer-

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Artículo 11. Encierros con caballos

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1. De manera excepcional, en las poblaciones donde sea costumbre realizar encierros de reses con caballos, la protección y acotamiento del trayecto podrá venir dada únicamente por la agrupación de las reses conducidas por los caballistas desde el punto de partida hasta llegar al punto final donde se encierren, sin que puedan desviarse de su recorrido durante el trayecto.

2. Es responsabilidad de los organizadores o promotores del festejo que el recorrido de las reses se efectúe sin ninguna perturbación por los participantes. En estos supuestos, tendrán la condición de participantes, además de lo indicado en el artículo 3 de este reglamento, todas las personas que se hallen dentro del recorrido o trayecto por donde circulan toros y caballos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-03-2015 en vigor desde 11-03-2015