Articulo 11 Reglamento de asistencia jurídica gratuita de Andalucía
Artículo 11. Comisión Mixta entre la Administración de la Junta de Andalucía y el Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales.
Se crea la Comisión Mixta entre la Administración de la Junta de Andalucía y el Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales como órgano permanente de comunicación entre ambas entidades, adscrita a la Consejería competente en materia de justicia con las siguientes funciones:
Garantizar la comunicación entre la Administración y el Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales.
Formular propuestas para homogeneizar los criterios del reconocimiento a la asistencia jurídica gratuita y relativas a la elaboración y actualización de baremos.
Informar las disposiciones relativas en materia de asistencia jurídica gratuita.
Analizar y evaluar la calidad en la prestación de la asistencia jurídica gratuita y formular propuestas de mejora.
- Texto Original. Publicado el 04-03-2008 en vigor desde 01-07-2008