Articulo 11 Procedimiento...e atención

Articulo 11 Procedimientos para el reconocimiento de la situación de dependencia y para la elaboración del Programa individual de atención

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Artículo 11. Funciones del personal técnico de valoración

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Serán funciones de los técnicos de valoración de la situación de dependencia:

a) Aplicar los baremos para la valoración de la dependencia establecidos normativamente.

b) Examinar la situación socioeconómica de acuerdo con el informe social y el resto de documentación relativa al entorno en el que vive la persona solicitante y, en su caso, su elaboración.

c) Dar traslado al órgano de valoración y asesoramiento de la dependencia de la necesidad de solicitar informes y/o pruebas complementarias necesarias para cubrir la valoración, así como de la existencia de causas en el expediente que requieran su valoración para determinar el carácter de emergencia.

d) El análisis de las modalidades de los recursos que, dentro del catálogo de servicios y prestaciones, se adecúen a las necesidades de cada solicitante.

e) Orientar y asesorar a las personas usuarias del Sistema para la autonomía y atención a la dependencia.

f) Aquellas otras funciones que les sean atribuidas.