Articulo 11 Procedimiento...a numerosa

Articulo 11 Procedimiento para el reconocimiento de la condición de familia numerosa y su categoría, la expedición, renovación, modificación o revocación del título y del carné de familia numerosa

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Artículo 11. Revocación del título.

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La Administración podrá revocar el título, previa audiencia a las personas interesadas, cuando tenga conocimiento de que no concurre alguna de las condiciones por las que se concedió el título.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 22-10-2020 en vigor desde 22-01-2021