Articulo 11 Prestaciones sociales de carácter económico
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»Artículo 11. Situación de necesidad
Vigente
A los efectos de lo que establece este Decreto ley, se entiende por situación de necesidad cualquier contingencia que tiene lugar o aparece en el transcurso de la vida de una persona y que le impide hacer frente a las necesidades básicas para el mantenimiento propio o para el mantenimiento de las personas que integran la unidad de convivencia a la que pertenece.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-06-2020 en vigor desde 17-06-2020