Articulo 11 prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia
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»Artículo 11. Regulación de los requisitos y condiciones de acceso a las prestaciones económicas.
Vigente
Los requisitos y condiciones de acceso a las prestaciones económicas se establecerán por la comunidad autónoma o Administración que, en su caso tenga la competencia, teniendo en cuenta los acuerdos que adopte el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2013 en vigor desde 01-01-2014