Articulo 11 politica industrial
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»Artículo 11. Consulta preceptiva
Vigente
El departamento competente en materia de industria debe ser consultado preceptivamente sobre las acciones que pueden incidir significativamente en la estructura del tejido industrial catalán y que hacen referencia a la normativa, los planes, los programas y las medidas de fomento de la calidad que afectan a la actividad industrial y de servicios dirigidos a la producción.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-07-2009 en vigor desde 10-07-2009