Articulo 11 Plan de Lucha...an INFOEX)

Articulo 11 Plan de Lucha contra Incendios Forestales (Plan INFOEX)

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 11.

Vigente

Tiempo de lectura: 3 min

Tiempo de lectura: 3 min


1. Con el fin de lograr la debida coordinación, mayor eficacia y capacidad de respuesta de los medios y recursos asignados al Plan, se establece la siguiente estructura organizativa:

a) Centro Operativo Regional (C.O.R.): es la sede del Mando Directivo del Plan INFOEX. En él se integran las emisoras centrales de Cáceres y Badajoz. En este Centro se recibirá toda la información de los incendios que se originen en nuestra Comunidad Autónoma y, en función de ella, los miembros del Mando Directivo tomarán las medidas que se consideren oportunas conforme a lo establecido en los artículos 13 y 14 del presente Decreto.

El Director del Centro Operativo Regional es el Jefe de Servicio de Prevención y Extinción de Incendios.

El Centro Operativo Regional funcionará las 24 horas del día durante la Época de Peligro Alto de incendios forestales y en la Época de Peligro Medio si ésta se declarase.

La información, referente a incendios, recibida en el Centro de Urgencias y Emergencias 112, será transmitida al Centro de Operativo Regional, quien recíprocamente dará cumplida respuesta al 112 del resultado y finalización de la emergencia.

b) Zonas de Coordinación: en función de las Épocas de Peligro Alto y Bajo se establecen dos tipos de Zonas de Coordinación del Plan INFOEX:

1.º. Para la Época de Peligro Alto se fijan once Zonas de Coordinación con la siguiente denominación:

Zona 1. Sierra de Gata.

Zona 2. Las Hurdes.

Zona 3. Ibores y Villuercas.

Zona 4. Monfragüe.

Zona 5. Sierra de San Pedro.

Zona 6. Ambroz, Jertey Tiétar.

Zona 7. Cáceres Centro.

Zona 8. La Serena.

Zona 9. La Siberia.

Zona 10. Tentudía.

Zona 11. Badajoz Centro.

El ámbito territorial de cada una de estas Zonas está reflejado en el Anexo I del presente Decreto.

2.º. Para la Época de Peligro Bajo, dada la menor incidencia y peligrosidad de los incendios forestales así como el menor despliegue de medios de extinción, se establecen cinco Zonas de Coordinación por agrupación de las anteriores de la siguiente forma:

Zona 1. Sierra de Gata-Las Hurdes.

Zona 2. Ibores-Villuercas-La Siberia.

Zona 3. Monfragüe-Ambroz-Jertey Tiétar.

Zona 4. Cáceres Centro-Sierra de San Pedro.

Zona 5. Badajoz Centro-La Serena-Tentudía.

El ámbito territorial de cada una de ellas está reflejado en el Anexo II del presente Decreto.

2. Para mejorar la eficacia del dispositivo del Plan INFOEX, las Zonas de Coordinación podrán ser modificadas mediante Orden por el titular de la Consejería competente en materia de incendios forestales a propuesta del Mando Directivo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-03-2010 en vigor desde 12-03-2010