Articulo 11 Ordenación de...-Derogada-

Articulo 11 Ordenación del territorio de Galicia -Derogada-

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Artículo 11. Control.

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La Junta de Galicia, una vez al año, presentará al Parlamento una memoria en la que se plasmará el estado en que se encuentran las directrices de ordenación del territorio.

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  • Texto Original. Publicado el 05-12-1995 en vigor desde 12-01-1996