Articulo 11 Normas regula...justificar

Articulo 11 Normas reguladoras de la expedición de órdenes de pago a justificar

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Artículo 11. Estados de tesorería.

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Las Cajas pagadoras habrán de formular los estados de situación de tesorería en las primeras quincenas de los meses de enero, abril, julio y octubre y referidos al último día del trimestre inmediato anterior. Dichos estados de situación de tesorería, autorizados con las firmas del Jefe de la unidad administrativa y el Cajero pagador y formulados en modelo Anexo de la Orden de 1 de febrero de 1996 por la que se aprueba la instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, se remitirán a la Subdirección General de Gestión Económica y Oficina Presupuestaria, que procederá a su examen y posterior remisión a la Intervención Delegada. Un ejemplar de los mismos será archivado en los Servicios de cada uno de los firmantes.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 28-01-2021 en vigor desde 29-01-2021