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Articulo 11 Medios públicos de comunicación audiovisual

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Artículo 11. Operaciones de fusión, escisión y disolución.

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1. Las operaciones de fusión o escisión de la Corporación RTVG requerirán el acuerdo favorable del Consejo de la Xunta.

2. La disolución de la Corporación RTVG requerirá el acuerdo favorable del Consejo de la Xunta, oído el Parlamento de Galicia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 16-12-2011 en vigor desde 17-12-2011