Articulo 11 Medidas ante el reto demográfico y territorial
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»Artículo 11. Sensibilización social en materia demográfica.
Vigente
1. Corresponderá a las administraciones públicas de Extremadura la sensibilización de la sociedad sobre el cambio demográfico y sus implicaciones, así como sobre los beneficios de atraer nueva población al territorio de la Comunidad Autónoma, a fin de generar una conciencia social a este respecto.
2. Asimismo, la Junta de Extremadura garantizará el acceso de la población a datos actualizados en materia de población y demografía.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 21-03-2022 en vigor desde 22-03-2022