Articulo 11 Medidas de refuerzo de protección de consumidores de energía y de contribución a reducción del consumo de gas natural
Artículo 11. Nuevo incremento de los porcentajes de descuento del bono social eléctrico.
Se modifica el apartado 1 del artículo 1 del Real Decreto-ley 23/2021, de 26 de octubre, de medidas urgentes en materia de energía para la protección de los consumidores y la introducción de transparencia en los mercados mayorista y minorista de electricidad y gas natural, de la siguiente manera:
«1. Excepcionalmente, con efectos desde la entrada en vigor de este real decreto-ley y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023, los descuentos del bono social aplicables a los consumidores domésticos de energía eléctrica recogidos en el artículo 6.3 del Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica, serán los siguientes:
a) En el caso del consumidor vulnerable, el descuento será del 65 por ciento.
b) En el caso del consumidor vulnerable severo, el descuento será del 80 por ciento.»
- Texto Original. Publicado el 19-10-2022 en vigor desde 20-10-2022