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Articulo 11 Medidas Fiscales y de Contenido Financiero

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Artículo 11. Modificación de la Ley de Cantabria 9/2006, de 29 de junio, de creación de la Entidad Pública Empresarial Puertos de Cantabria.

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Se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 9/2006, de 29 de junio, de creación de la Entidad Pública Empresarial Puertos de Cantabria.

Uno. Se modifica el punto 3 del artículo 5 (régimen patrimonial) de la Ley 9/2006, de 29 de junio, de creación de la Entidad Pública Empresarial Puertos de Cantabria, dándole la siguiente redacción.

"3. Se adscriben a Puertos de Cantabria los bienes y derechos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de puertos, cuya gestión tiene atribuida la Dirección General de Puertos y Costas.

Asimismo, se adscriben la Entidad Pública Empresarial los bienes inmuebles y los derechos sobre los mismos que se realicen dentro del dominio público portuario por la Consejería competente en materia de pesca, siempre que dichos inmuebles se encuentren destinados a actividades y usos pesqueros. El procedimiento a segur para la adscripción de este tipo de bines y derechos será el previsto con carácter general por la Ley de Cantabria 3/2006, de 18 de abril, de Patrimonio de Cantabria o norma que la sustituta."

Dos. Se modifica el punto 3 del artículo 10 del Anexo (Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Puertos de Cantabria) a la Ley 9/2006, de 29 de junio, de creación de la Entidad Pública Empresarial Puertos de Cantabria, dándole la siguiente redacción:

"3. Se adscriben a Puertos de Cantabria los bienes y derechos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de puertos, cuya gestión tiene atribuida la Dirección General de Puertos y Costas.

Asimismo, se adscriben la Entidad Pública Empresarial los bienes inmuebles y los derechos sobre los mismos que se realicen dentro del dominio público portuario por la Consejería competente en materia de pesca, siempre que dichos inmuebles se encuentren destinados a actividades y usos pesqueros. El procedimiento a segur para la adscripción de este tipo de bines y derechos será el previsto con carácter general por la Ley de Cantabria 3/2006, de

18 de abril, de Patrimonio de Cantabria o norma que la sustituta."

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-2009 en vigor desde 01-01-2010