Articulo 11 Medidas Fisca... de Madrid

Articulo 11 Medidas Fiscales y Administrativas 2009 de Madrid

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Artículo 11. Modificación parcial de la Ley 4/2003, de 11 de marzo, 
de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid

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Se modifican los preceptos que a continuación se indican de la Ley 4/2003, de 11 de marzo, de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid.

Uno. Se añade un nuevo artículo 14 bis, con la siguiente redacción:

"Artículo 14 bis. Sistemas institucionales de protección.

La participación de las Cajas de Ahorros con domicilio social en la Comunidad de Madrid en un sistema institucional de protección según lo previsto en la normativa vigente, requerirá la autorización previa de la Consejería competente".

Dos. Se modifica la letra a) del apartado 3 del artículo 63 de la Ley 4/2003, de 11 de marzo, de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid, que queda redactada de la siguiente forma:

a) Requerirán para su validez el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros del Consejo. En el caso de la revocación de tales acuerdos se requerirá el voto favorable de dos tercios de los miembros del Consejo".

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 29-12-2009 en vigor desde 01-01-2010