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Articulo 11 Medidas administrativas y presupuestarias urgentes para la mejora de la prestación de los servicios públicos en La Rioja

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Artículo 11. Graduación de medidas correctoras.

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1. Las normas de organización y funcionamiento deberán tener en cuenta, en el momento de proceder a la calificación de las conductas, circunstancias atenuantes o agravantes.

2. Se consideran circunstancias atenuantes, entre otras, las siguientes:

a) El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta, así como la petición de excusas y la reparación espontánea del daño producido, ya sea físico o moral.

b) La falta de intencionalidad.

c) El carácter ocasional de la conducta.

d) Cualquier otra circunstancia que, a tal efecto, esté prevista en las normas del centro.

3. Se consideran circunstancias agravantes, entre otras, las siguientes:

a) La premeditación.

b) La reiteración.

c) La intención dolosa y la alevosía.

d) El abuso de poder, de fuerza o de confianza.

e) El uso de la violencia, de actitudes amenazadoras, desafiantes o irrespetuosas, de menosprecio continuado y de acoso dentro o fuera del centro.

f) La alarma social causada por las conductas, con especial atención a aquellos actos que presenten características de acoso o intimidación.

g) La comisión de una conducta contra una o más personas integrantes del profesorado del centro.

h) La falta de respeto y consideración al profesorado, al personal no docente y al resto de personas integrantes de la comunidad educativa.

i) La gravedad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa.

j) Las acciones que impliquen discriminación por cualquier razón, condición o circunstancia personal o social.

k) La incitación o el estímulo a la actuación individual o colectiva lesiva de los derechos de las demás personas integrantes de la comunidad educativa.

l) La publicidad o jactancia de conductas que perturben la convivencia, a través de medios electrónicos u otros medios.

m) La no asunción de responsabilidades en los actos y, especialmente, la imputación de estos actos a otras personas.