Articulo 11 Ley derogada de Defensa de la competencia
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»Articulo once.- Multas coercitivas
Vigente
(DEROGADO)
El Tribunal de Defensa de la Competencia, independientemente de las multas sancionadoras, podrá imponer a las empresas, asociaciones, uniones o agrupaciones de éstas, y agentes económicos en general, multas coercitivas de 10.000 a 500.000 pesetas o 60,10 a 3.005,06 euros al día con el fin de obligarlas:
a) A la cesación de una acción que haya sido declarada prohibida conforme a lo dispuesto en la Ley.
b) A la remoción de los efectos distorsionadores de las condiciones de competencia provocados por una infracción.
c) Al cumplimiento de los compromisos adoptados por dichos sujetos en el marco de un acuerdo de terminación convencional del procedimiento.
d) Al cumplimiento de lo establecido en el artículo 46.5 de esta Ley.
Modificaciones
- Modificación realizada por LEY 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
(BOE de 04-07-2007) en vigor desde 01-09-2007 - Modificación realizada por LEY 52/1999, de 28 de diciembre, de reforma de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia.
(BOE de 29-12-1999) en vigor desde 29-03-2000 - Modificación realizada (La cláusula ) por Pleno. STC 208/1999, de 11 de noviembre de 1999. Recursos de inconstitucionalidad 2.009/1989 y 2.027/1989 (acumulados). Promovidos, respectivamente, por el Gobierno Vasco y el Consejo Ejecutivo de la Generalidad de Cataluña respecto a la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia. Competencia sobre comercio interior, defensa de la competencia, y planificacion general de la actividad economica. Votos particulares. El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por don Pedro Cruz Villalon, Presidente; don Carles Viver PiSunyer, don Julio Diego Gonzalez Campos, don Manuel Jimenez de Parga y Cabrera, don Tomas S. Vives Anton, don Pablo Garcia Manzano, don Pablo Cachon Villar, don Fernando Garrido Falla, don Vicente Conde Martin de Hijas, don Guillermo Jimenez Sanchez y doña Maria Emilia Casas Baamonde, Magistrados, ha pronunciado
(BOE de 16-12-1999) en vigor desde 16-12-1999 - Texto Original. Publicado el 18-07-1989 en vigor desde 01-09-2007