Articulo 11 Junta Consultiva en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Artículo 11. Secretaría General
1. La Secretaría General es el órgano de apoyo técnico y administrativo de la Junta Consultiva en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
2. La persona titular de la Secretaría General será la persona titular de la Subdirección General de Régimen Jurídico y Administrativo de la dirección general competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo de la consellería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
3. La persona titular de la Secretaria General deberá ser licenciada o con grado en derecho, con experiencia en materia de ordenación del territorio y urbanismo. Asistirá con voz y voto a las reuniones del Pleno y de la Comisión Permanente, estudiará y elaborará las propuestas de acuerdos en relación con asuntos y expedientes de competencia de la Junta Consultiva y, en general, desarrollará las demás funciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.