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Articulo 11 Impuesto sobre el Patrimonio de Gipuzkoa

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Artículo 11. Concepto.

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Uno. Constituye la base imponible de este impuesto el valor del patrimonio neto del contribuyente, valorado en los términos previstos en esta norma foral.

Dos. El patrimonio neto se determinará por diferencia entre:

a) El valor de los bienes y derechos de que sea titular el contribuyente, determinado conforme a las reglas de valoración de los artículos siguientes, minorado en el importe de las cargas y gravámenes de naturaleza real, cuando disminuyan el valor de los respectivos bienes o derechos, y.

b) Las deudas y obligaciones personales de las que deba responder el contribuyente.

Tres. Para la determinación del patrimonio neto, las cargas y gravámenes que correspondan a bienes exentos no serán objeto de minoración. Tampoco serán objeto de deducción:

a) Las deudas y obligaciones contraídas para la adquisición de bienes o derechos exentos. Cuando la exención sea parcial, será deducible, en su caso, la parte proporcional de las deudas y obligaciones.

b) Las cantidades avaladas, hasta que la persona avalista esté obligada a pagar la deuda, por haberse ejercitado el derecho contra la persona deudora principal y resultar esta fallida. En el caso de obligación solidaria, las cantidades avaladas no podrán deducirse hasta que se ejercite el derecho contra la persona avalista.

c) La hipoteca que garantice el precio aplazado en la adquisición de un bien, sin perjuicio de que sí lo sea el precio aplazado o deuda garantizada.

En ningún caso serán objeto de deducción las deudas y obligaciones contraídas para la adquisición de bienes o derechos, en un importe superior a la valoración que de los mismos corresponda de acuerdo con las normas de este impuesto.

Cuatro. En los supuestos de obligación real de contribuir, sólo serán deducibles las cargas y gravámenes que afecten a los bienes y derechos que radiquen en territorio español o puedan ejercitarse o hayan de cumplirse en dicho territorio, así como las deudas por capitales invertidos en bienes y derechos que estén sujetos a este Impuesto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 19-06-2018 en vigor desde 20-06-2018