Articulo 11 Igualdad efec...e La Rioja

Articulo 11 Igualdad efectiva de mujeres y hombres de La Rioja

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Artículo 11. Comisión Interdepartamental para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres.

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1. La Comisión Interdepartamental para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres es el órgano colegiado de coordinación para la aplicación del principio de igualdad de mujeres y hombres en todas las políticas de la Administración general de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus organismos públicos. En la misma están representadas todas las consejerías del Gobierno de La Rioja.

2. Sus funciones, composición y régimen de funcionamiento son los establecidos en el reglamento que regula la Comisión Interdepartamental para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

3. La Comisión Interdepartamental estará adscrita orgánicamente a la consejería competente en materia de igualdad.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-04-2023 en vigor desde 26-04-2023