Articulo 11 Estadística de Navarra

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Artículo 11. De la publicidad de la metodología.

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Al mismo tiempo que se hagan públicos los resultados de una operación estadística se dará igualmente publicidad a las características metodológicas bajo las que se obtuvieron dichos resultados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-07-1997 en vigor desde 31-07-1997