Articulo 11 Empleo selectivo o medidas de fomento del empleo de trabajadores minusválidos
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»Artículo 11.
Vigente
Las Empresas podrán solicitar del Instituto Nacional de Empleo la formación o reconversión profesional de los trabajadores de nuevo ingreso o readmitidos.
Las Empresas y el Instituto Nacional de Empleo concertarán los términos en los que se hayan de desarrollar las acciones de formación.
Modificaciones
- Modificación realizada (11 (se deja sin efecto previsión de derogación)) por Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
(BOE de 11-02-2012) en vigor desde 12-02-2012 - Artículo modificado por Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentespara la mejora de la empleabilidad y la reforma de laspolíticas activas de empleo.
(BOE de 19-02-2011) en vigor desde 20-02-2011