Articulo 11 desarrolla la... del juego

Articulo 11 desarrolla la Ley 13/2011 -regulación del juego- en lo relativo a licencias, autorizaciones y registros del juego

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Artículo 11. Resolución motivada y recursos.

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1. El Consejo de la Comisión Nacional del Juego dictará resolución motivada en la que otorgue o deniegue la licencia solicitada en los plazos establecidos en el artículo anterior. La resolución se notificará a los interesados sin perjuicio de la publicación en la página web de la Comisión Nacional del Juego.

2. Contra la resolución a la que se refiere el número anterior, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de la Comisión Nacional del Juego, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o recurso contencioso-administrativo de conformidad con la ley reguladora de dicha jurisdicción.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-11-2011 en vigor desde 16-11-2011