Articulo 11 Derecho a la Vivienda

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Artículo 11. Objetivos generales.

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Las Administraciones públicas de Navarra promoverán y fomentarán especialmente:

a) La construcción de vivienda protegida.

b) La obtención y urbanización de suelo con destino a vivienda protegida, procurando la concertación con los Ayuntamientos para dotarlo adecuadamente de servicios.

c) La rehabilitación de viviendas y de áreas urbanas.

d) El alquiler de viviendas desocupadas.

e) La promoción de viviendas de alquiler.

f) La vivienda ecológica mediante la bioconstrucción y el bioclimatismo.

g) El incremento del parque residencial público vinculado al sistema público de alquiler, por medio de la adquisición de viviendas.

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